Micelio
Auto27 de enero de 2021

A- de 2021

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Ortega Arcos Nubia Amparo Y Otros·Demandado Presidencia De La Republica De Colombia Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medidas Provisionales Para Proteger Un Derecho
  • Orden la Unidad Nacional de Protección (UNP) de hacer efectiva las medidas de protección en favor de la comunidad en el Área de Reincorporación
Medidas Provisionales
  • Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
Corte Constitucional
  • Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Teniendo en cuenta la gravedad del asunto objeto de revisión y con el fin de evitar la configuración de un perjuicio irremediable y la eventual ineficacia del fallo judicial que se profiera en sede de revisión, la Corte decidió con el presente auto adoptar varias medidas provisionales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. ORDENAR a la Unidad Nacional de Proteccion (UNP), que adelante de manera inmediata, si aun no lo ha hecho, todos los tramites pertinentes para hacer la entrega efectiva de las medidas de proteccion que se adoptaron a favor de la comunidad de Nueva Area de Reincorporacion (NAR) de Tallambi, municipio de Cumbal - Narino y que se encuentran en cabeza de los senores Nubia Amparo Ortega Arcos, Henry Paul Rosero Lopez, Dora Marcela Pepinosa Calderon, Jose Alfonso Rodriguez Munoz y Tomas Ignacio Erira Erira, mediante Resolucion No. MTSP 0002 del 06 de abril de 2020, hasta tanto esta Corporacion emita un pronunciamiento de fondo en el proceso de la referencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que, a traves Secretaria General de esta Corporacion, se oficie a la Procuraduria General de la Nacion y a la Defensoria del Pueblo para que, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, acompanen el cumplimiento de la medida provisional expedida en el presente auto.
  3. TERCERO. COMUNICAR esta decision y remitir una copia completa del presente auto a todas las partes dentro del proceso de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.